Información sobre la retención a cuenta sobre los intereses en Irlanda

Overview: 

La autoridad tributaria irlandesa exige que IBKR recaude la retención a cuenta sobre los intereses obtenidos en Irlanda. Esta retención se aplica con un tipo del 20 % y debe deducirse de los pagos de intereses realizados a su cuenta.  

Tenga en cuenta que la retención a cuenta se aplica a todos los clientes que sean residentes de Irlanda, ya sean personas naturales (lo que incluye las asociaciones) o jurídicas. 

La retención a cuenta no se aplica a los clientes que sean empresas en países miembros de la Unión Europea (excepto Irlanda) o empresas en países que hayan suscrito un convenio para evitar la doble imposición con Irlanda.  

En el caso del resto de los clientes en la UE (excepto Irlanda), o si usted no es residente de Irlanda, sino residente fiscal en un país con un convenio para evitar la doble imposición con Irlanda, deberá rellenar el formulario 8-3-6. De esta forma, se reducirá o eliminará su retención a cuenta. Además de proporcionar su información, será necesario que la autoridad tributaria del país en donde tiene su residencia fiscal complete el formulario.

Para rellenar el formulario 8-3-6 necesitará la siguiente información.

 1.       Nombre del cliente (asegúrese de que coincide con el nombre que aparece en su cuenta de IBKR).

 2.      Dirección del cliente.

 3.       Número de identificación fiscal en el país de residencia.

 4.       País en el cual el cliente es residente a efectos fiscales.

 5.       Tipo de retención a cuenta entre el país de residencia fiscal e Irlanda (véase más adelante).

 6.       Firma.

 7.       Fecha.

Una vez rellenado el formulario, deberá enviarlo a la autoridad tributaria local en su país de residencia. La autoridad tributaria deberá firmar y acuñar el formulario. Cuando reciba el formulario finalizado por parte de su autoridad tributaria local, envíe una copia en formato PDF o JPEG del formulario debidamente firmado a la siguiente dirección de correo electrónico: tax-withholding@interactivebrokers.com.

Tenga en cuenta que la retención a cuenta depende del convenio para evitar la doble imposición suscrito entre Irlanda y su país de residencia fiscal. Dicho convenio puede consultarse en la página web del Irish Revenue https://www.revenue.ie/en/tax-professionals/tax-agreements/rates/index.aspx

Para su conveniencia, hemos preparado los formularios de modo que incluyan los puntos del 3 al 5 que se mencionan anteriormente para todos los países del Espacio Económico Europeo ("EEE"). Los clientes deberán rellenar el resto de los puntos del 1 al 7 mencionados anteriormente.

En el caso de los clientes que no pertenecen al EEE, deberán utilizar este formulario cuando el tipo de retención a cuenta sea un 0 % y este otro formulario en el resto de los casos.

 

1.         Países del EEE con una retención a cuenta del 0 %.

 

Austria

Dinamarca

Hungría

Países Bajos/Formulier 8-3-6. Rente

Croacia

Finlandia

Islandia

Eslovaquia

República Checa

Francia/Form 8-3-6. Intérêts

Luxemburgo

España/Formulario 8-3-6. Intereses

Chipre

Alemania/Formular 8-3-6. Zinsen

Malta

Suecia

 

2.       Países del EEE con tipos de retención a cuenta superiores al 0 %.

 

Bélgica

Grecia

Lituania

Rumania

Bulgaria

Italia/Modulo 8-3-6. Interessi

Polonia

Eslovenia

Estonia

Letonia

Portugal

 

  

3.              Otros países con convenios para evitar la doble imposición con Irlanda (* indica donde existe una retención a cuenta del 0 % en todos los casos).

  

Albania *

Georgia

Macedonia*

Serbia

Armenia

Ghana

Malasia

Singapur

Australia

Grecia

México

Sudáfrica*

Bahrein*

Hong Kong

Moldova

Suiza*

Belarús

India

Montenegro

Tailandia

Bosnia y Herzegovina*

Israel

Marruecos

Turquía

Botswana

Japón

Nueva Zelandia

Ucrania

Canadá

Kazajstán

Noruega*

Emiratos Árabes Unidos*

Chile

Kenya

Pakistán

Reino Unido*

China

Corea*

Panamá

Estados Unidos de América*

Egipto

Kosovo

Qatar*

Uzbekistán

Etiopía

Kuwait*

Federación de Rusia*

Viet Nam

 

 

Arabia Saudita*

Zambia*